LA VULNERABILIDAD HAY QUE PROBARLA NO SE ESTÁ ADMITIENDO EN MUCHOS CASOS
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8 agosto, 2022Se ha establecido la celebración de las vistas mediante presencia telemática, es decir, videoconferencia, para evitar la comparecencia de las partes en la Sala del Juzgado, esto en la práctica se está realizando por algunos Juzgados, nosotros estamos solicitando la celebración por medios telemáticos de las vistas, aunque en algunos casos nos lo están denegando por Juzgados que está menos familiarizados con esta forma de celebración de los juicios o no tienen los medios suficientes para organizarse de forma telemática.
Aquí detallamos un ejemplo de un extracto de Decreto de Admisión donde nos señalan la vista para que sea celebrada por medios telemáticos:
“Señalar que para que tenga lugar la EVENTUAL VISTAEN CASO DE OPOSICIÓN DEL DEMANDADO, el próximo día 14/12/2020 a las 09.50 horas la cual tendrá lugar a través de ZOOM, sirviendo el requerimiento de citación en forma.
En virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.
En su artículo Artículo 14.1 Celebración de actos procesales mediante presencia telemática.
“Hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, constituido el juzgado o tribunal en su sede, los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que los juzgados, tribunales y fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello”.
Este Juzgado cuenta con los medios técnicos para realizar los juicios vía telemática, por lo que se realizarán todos los juicios/audiencias previas de forma telemática.”