¿Y qué pasa si los inquilinos nunca están en casa o «no abren», cómo se les notifica la demanda?
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El Procurador representa a las partes en el procedimiento, en el caso de los procedimientos de desahucio por impago de rentas, fin de contrato o de desahucio en precario, es obligatorio que la demanda vaya firmada por abogado y procurador, por tanto su intervención es imprescindible . Es quien recibirá las notificaciones del Juzgado y también estará presente junto con el abogado en la vista del procedimiento. En el acto del lanzamiento, es decir, el día que va la comisión judicial al inmueble y se reintegra la posesión a favor del propietario también acompañará a la propiedad en ese momento.
Al iniciar el desahucio se apodera al procurador para que represente a la parte durante la tramitación, este poder puede hacerse en los juzgados o en notaría. En los juzgados es gratuito, además se puede hacer, si se dispone de firma electrónica en la web del Ministerio de Justicia de manera telemática.