¿CUÁNDO SE ENTERA EL INQUILINO QUE SE LE HA DEMANDADO POR DESAHUCIO?
18 junio, 2024TENGO UN LOCAL COMERCIAL Y MI INQUILINO ME HA DEJADO DE PAGAR
21 junio, 2024El contrato de alquiler le legitima al inquilino a estar en la vivienda, al uso y disfrute de la vivienda. Durante su estancia puede «invitar» a otros a que estén allí, puede darse la situación de que se instale un primo, un familiar, un amigo y luego el inquilino va y deja de pagar, entonces ¿qué pasa con esa persona que está también allí?
En virtud del contrato de arrendamiento el propietario está legitimado para tramitar el desahucio y cuando llegue el momento del lanzamiento todo el que esté, primo, amigo, cuñado irá también fuera. Se considera que la acción es válida contra el inquilino y cualquier persona que conviva con él.
Otra cuestión es la de «terceros ocupantes», por ejemplo en los casos que subalquilan ilegalmente y hay otra familia, en esos casos se les tiene que notificar el lanzamiento y se les da 10 días para aporten si tienen algún título, documento que les de derecho a estar en la vivienda. Como no tienen ningún título pasados esos díez días se vuelve a señalar fecha de lanzamiento y se ejecuta dejando libre la vivienda.