LA NUEVA LEY DE LA VIVIENDA Y EL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO

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LA NUEVA LEY DE LA VIVIENDA Y EL PROCEDIMIENTO DE DESAHUCIO

Por fin ha entrado en vigor la tan esperada Ley de la Vivienda, voy a intentar no entrar en un análisis técnico sino ir a la parte práctica de cómo nos afecta en la tramitación de los desahucios y hay dos temas muy importantes:

1.- Vulnerabilidad de los inquilinos en la tramitación de los desahucios de vivienda habitual. Se pone fin a las prórrogas que se han ido aprobando de suspensión de los lanzamientos desde el RDL 11/2020, esto abre la luz para propietarios que llevaban largo tiempo esperando que se terminase este sistema de prórrogas que les ha llevado a que hayan sido privados de sus viviendas más de dos años en algunos casos. Ahora existe la posibilidad también de la suspensión en caso de vulnerabilidad pero la ley habla de un plazo máximo de dos meses, eso es muy diferente a periodos semestrales continuados que es lo que hemos tenido desde el COVID.

2.- Se tiene que presentar la demanda especificando obligatoriamente: i) si el inmueble constituye domicilio habitual del inquilino; ii) si el propietario es un gran tenedor; iii) si el demandante es un gran tenedor, tiene que manifestar si la parte demandada se encuentra o no en situación de vulnerabilidad.

Quiero ser optimista respecto a esta ley y la superación de un periodo muy complejo que hemos sufrido respecto a los pequeños propietarios y la posibilidad de suspensión de los procedimientos durante un plazo «sine die» como ha sido en la práctica durante los dos años últimos. Veremos cómo adaptan estas modificaciones los Juzgados en su práctica diaria y directa en cada uno de los procedimientos.

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